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NOTICIA

Colombia levanta la suspensión general del porte de armas, pero no autoriza el libre uso

Colombia levantó la suspensión general del porte de armas. Los permisos vigentes se reactivan, pero continúan los requisitos y controles legales.

Dos hombres muestran las manos en una composición sobre el porte de armas.
Dos hombres muestran las manos en una composición sobre el porte de armas.

Para entender

  • El presidente Abelardo de la Espriella firmó el Decreto 1368, que levanta la suspensión general de los permisos para portar armas de fuego.
  • El cambio permite reactivar permisos individuales vigentes y sin restricciones, pero no crea nuevos permisos ni elimina los controles legales.
  • Los ciudadanos que ya tienen un permiso válido no necesitan una autorización especial adicional para ejercerlo.

El presidente de Colombia, Abelardo de la Espriella, firmó este 8 de septiembre un decreto que levanta la suspensión general de los permisos para portar armas de fuego en el país. La decisión modifica una restricción que estaba vigente y permite que los permisos individuales que cumplen las condiciones legales vuelvan a tener efecto.

La medida no significa que cualquier ciudadano pueda portar un arma. El Decreto 1368 mantiene los requisitos, condiciones, restricciones y controles establecidos por la legislación colombiana. Tampoco crea nuevos derechos para personas que no cuentan con un permiso vigente.

El cambio se concentra en los permisos que ya estaban vigentes

Con la nueva norma, las autoridades militares deberán restablecer la eficacia de los permisos individuales de porte que estén vigentes y no hayan sido suspendidos, cancelados o revocados.

También quedan fuera los permisos vencidos, aquellos afectados por una prohibición legal o judicial y los casos en que exista una medida sobre el arma. Un permiso que autorice únicamente la tenencia, y no el porte, tampoco habilita a llevar el arma consigo.

Una de las modificaciones clave es que los titulares de permisos vigentes ya no deberán tramitar una autorización especial adicional para ejercer el porte. El arma debe ser, además, la específicamente amparada por el permiso.

De la Espriella presenta la decisión como un giro en seguridad

De la Espriella defendió la medida como una forma de permitir que los ciudadanos que cumplen la ley puedan defenderse, mientras el Estado concentra sus esfuerzos en las armas utilizadas por organizaciones criminales.

El presidente aseguró que entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026 la Fuerza Pública incautó 15.700 armas de fuego. Según las cifras que presentó, 14.179 estaban relacionadas con delitos. También mencionó armas vinculadas a disidencias, el Clan del Golfo y el ELN.

El punto central del decreto es más acotado que el mensaje político: Colombia no abrió un régimen de porte libre de armas. Lo que hizo el Gobierno fue levantar la suspensión general y reactivar permisos individuales que ya cumplen las condiciones legales.

Las autoridades mantienen sus facultades para suspender, cancelar, incautar o decomisar armas cuando corresponda. El Decreto 1368 también deroga las disposiciones anteriores que establecían la suspensión general, entre ellas el Decreto 1482 de 2025.