El décimo cuarto sueldo acumulado debe pagarse hasta el sábado 15 de agosto a los trabajadores de la Sierra y Amazonía. Para quienes completaron el período de cálculo, el valor es de USD 482, equivalente al Salario Básico Unificado (SBU) vigente en 2026.
Para entender
- USD 482 es el décimo cuarto completo para quien cubrió todo el período de cálculo.
- El valor es proporcional cuando no se completó el período o se trabajó en jornada parcial permanente.
- El pago acumulado vence el 15 de agosto; el registro patronal empieza el 20 de agosto y depende del noveno dígito
El período de cálculo para Sierra y Amazonía va del 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026. El Código del Trabajo establece que la decimocuarta remuneración equivale a una remuneración básica mínima unificada vigente a la fecha de pago y, cuando se acumula, debe pagarse hasta el 15 de agosto en estas regiones.
Quien generó el beneficio durante todo el período puede recibir USD 482. Como referencia, la doceava parte del SBU equivale a USD 40,17. Si una persona completó seis meses del período, el valor referencial sería USD 241. La liquidación exacta debe considerar los días y, cuando corresponda, las horas efectivamente trabajadas.
La jornada parcial permanente también genera el beneficio en proporción al tiempo trabajado. Por ello, no todos los trabajadores recibirán USD 482 en agosto.
¿Cuánto sería tu décimo cuarto proporcional?
El cálculo parte de USD 482 por el período completo. Puedes estimarlo por meses o con las fechas efectivamente cubiertas dentro del período de cálculo.
Valor proporcional estimado
USD 241,00
6 meses de un período completo de 12 meses.
La referencia mensual es USD 40,17. Para el cálculo por calendario se toma el período completo del 1 de agosto de 2025 al 31 de julio de 2026, equivalente a 365 días. La liquidación exacta puede considerar los días y, cuando corresponda, las horas efectivamente trabajadas.
Fuente: Código del Trabajo, según la nota.
La mensualización evita el pago acumulado en agosto
El décimo cuarto puede recibirse mensualmente o de forma acumulada. Para cambiar a la modalidad acumulada, el trabajador debe presentar una solicitud escrita durante los primeros 15 días de enero. Quienes ya reciben la bonificación mensualmente no tienen un nuevo pago acumulado en agosto.
Los operarios y aprendices de artesanos están excluidos de esta gratificación por disposición del artículo 115 del Código del Trabajo.
Después del pago, el empleador debe registrar la decimocuarta remuneración en la plataforma informática que determine el Ministerio del Trabajo.
Para Sierra y Amazonía, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC o cédula sea 1, 2, 3, 4 o 5 deben registrar el pago del 20 de agosto al 20 de septiembre. Para los dígitos 6, 7, 8, 9 y 0, el plazo va del 21 de septiembre al 21 de octubre.
El incumplimiento puede dar lugar a sanciones laborales. El Mandato Constituyente 8 establece, cuando no existe una sanción especial, multas de entre tres y 20 salarios básicos unificados. Con el SBU de 2026, el máximo sería USD 9.640.
El próximo hito para los trabajadores que reciben el décimo cuarto de forma acumulada es el sábado 15 de agosto de 2026. Desde el 20 de agosto comenzará el primer tramo del calendario de registro para los empleadores correspondientes.











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