Para entender
- Ecuador y Argentina acordaron un arancel del 10 % para un cupo de 3.000 vehículos por país.
- El acuerdo todavía no entra en vigor y su firma fue anunciada para el 6 de agosto de 2026.
- Gobierno e industria discrepan sobre si las condiciones benefician o perjudican al ensamblaje ecuatoriano.
El ministro de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, Luis Alberto Jaramillo, confirmó el 28 de julio de 2026, durante el evento USA Trade Connect, en Guayaquil, que Ecuador y Argentina firmarán el acuerdo automotor bilateral el próximo 6 de agosto de 2026.
La negociación, que ya había sido anunciada en mayo, establece un régimen preferencial para el comercio de vehículos entre ambos países. Su principal medida es reducir el arancel de importación al 10 % para un cupo anual de 3.000 vehículos por cada país durante 10 años, siempre que las unidades cumplan las reglas de origen previstas en el convenio.
Aunque el Ministerio de Producción define el documento como un acuerdo «espejo», por establecer el mismo arancel para ambos mercados, la Cámara de la Industria Automotriz Ecuatoriana (CINAE) sostiene que las condiciones negociadas terminan favoreciendo a Argentina.
La diferencia entre ambas posiciones no está en el porcentaje del arancel, sino en las reglas técnicas que determinan qué vehículos podrán acceder al beneficio.
El acuerdo crea dos regímenes comerciales
El convenio no limita el número total de vehículos que podrán comercializarse entre ambos países. En cambio, establece dos esquemas distintos.
El primero comprende las 3.000 unidades que podrán ingresar con el arancel preferencial del 10 % y requisitos de origen menos exigentes.
En ese tramo, Ecuador deberá acreditar 19 % de contenido nacional mediante una regla basada en componentes. Argentina deberá demostrar 35 % de contenido regional bajo una metodología de valor agregado.
Una vez superado el cupo preferencial, las condiciones cambian.
Ecuador deberá cumplir una regla de valor agregado que aumentará progresivamente desde 32,5 % hasta 40 % durante los próximos diez años.
Argentina, por el contrario, reducirá ese requisito desde 50 % hasta 45 % en el mismo período.
El acuerdo también contempla la liberación del comercio de autopartes entre ambas economías.
Gobierno e industria interpretan de forma distinta las reglas
El Ministerio de Producción sostiene que esas diferencias responden al tamaño de ambas industrias.
Según la explicación oficial, Ecuador recibe un tratamiento diferenciado porque su industria automotriz aún está en desarrollo y necesita un período de transición para aumentar gradualmente su integración productiva.
Para el Gobierno, ese esquema permitirá que las empresas ecuatorianas accedan al mercado argentino mientras fortalecen su capacidad industrial durante los próximos diez años.
La interpretación de la industria nacional es diferente.
David Molina, presidente ejecutivo de CINAE, sostiene que el convenio reduce las exigencias para Argentina mientras incrementa las obligaciones para Ecuador.
«Argentina actualmente debe cumplir un 60 % de contenido regional. Con este acuerdo podrá reducirlo inmediatamente al 50 % y luego al 45 %. Ecuador parte del 32,5 % y debe subir al 40 %», afirmó.
Según el dirigente, eso significa que la industria ecuatoriana deberá realizar un mayor esfuerzo productivo mientras la argentina enfrentará requisitos más flexibles.
Las críticas también apuntan a los aranceles
CINAE cuestiona además la reducción arancelaria pactada.
De acuerdo con el gremio, Argentina disminuirá el arancel para ingresar vehículos a Ecuador desde 28 % hasta 10 %, una rebaja de 18 puntos porcentuales.
Ecuador, en cambio, reducirá el gravamen para exportar vehículos hacia Argentina desde 15 % hasta 10 %, una disminución de cinco puntos porcentuales.
Para Molina, si el acuerdo buscaba mantener un trato equilibrado, Ecuador debió conservar una ventaja arancelaria mayor por tratarse de una economía con menor desarrollo industrial dentro de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi).
El dirigente aclara que la industria no se opone a negociar un acuerdo con Argentina, pero considera que el país pudo obtener mejores condiciones para incentivar las exportaciones nacionales.
La discusión también incluye las autopartes
Las observaciones de CINAE no se limitan al comercio de vehículos.
Antes de concluir la negociación, el gremio entregó una carta al presidente Daniel Noboa, el 18 de junio de 2026, en la que pidió revisar el texto definitivo antes de su firma.
Entre sus propuestas figuraban impedir que Argentina acumule origen con Brasil dentro del Mercosur, establecer mecanismos de compensación comercial y exigir mayor participación de componentes ecuatorianos en las exportaciones argentinas.
Según Molina, esas medidas habrían permitido que fabricantes ecuatorianos de autopartes se integraran como proveedores de la industria argentina.
El gremio sostiene que esas propuestas no fueron incorporadas al acuerdo final.
También cuestiona que durante la negociación no se activara formalmente el denominado Cuarto Adjunto, el mecanismo previsto por el Ministerio de Producción para facilitar la participación del sector privado en las negociaciones comerciales.
El efecto real dependerá del comercio que logre Ecuador
Actualmente Ecuador no exporta vehículos ensamblados al mercado argentino.
Para la industria automotriz nacional, esa era la principal oportunidad que debía generar la negociación.
Según cifras de CINAE, entre enero y mayo de 2026 se comercializaron 6.381 vehículos ensamblados en Ecuador, un crecimiento del 10,7 % frente a las 5.764 unidades registradas en el mismo período de 2025.
El gremio considera que las condiciones pactadas dificultarán que Ecuador aumente sus exportaciones hacia Argentina y, en cambio, facilitarán un mayor ingreso de vehículos argentinos al mercado ecuatoriano.
El Ministerio de Producción mantiene una visión distinta y sostiene que el acuerdo crea un marco de acceso preferencial para ambos países, respetando las diferencias entre sus capacidades industriales.
La firma del convenio está prevista para el 6 de agosto de 2026. Solo después de ese paso se conocerán los plazos de entrada en vigor y la implementación de las disposiciones acordadas.











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